Según leo la noticia, creo interpretar algo… Los médicos tienen miedo. Están ATERRADOS. Un hijo dice una cosa y lo tiene claro. Pero puede venir el de enfrente y decir lo contrario. Si no hay testamento vital o cónyuge, el médico no sabe a que atenerse y ni la Institución ni la Ley lo respaldan de forma clara y fehaciente. Si un hijo está por las máquinas y dice A y el otro por la desconexión y dice B… ¿Qué se hace? ¿Quién manda? Con la justicia que tenemos…
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1) http://tontosantajusta.blogspot.com/2011/03/una-democracia-la-pata-coja.html
2) http://tontosantajusta.blogspot.com/2011/08/los-medicos-llegan-la-cuspide-eso-dice.html
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No, si no me parece mal, pero insisto, que lo del testamento vital no está extendido, y que la respuesta legal-institucional no es ágil, permitiendo unos días – a veces semanas – de presiones que no son aceptables. Lo dicho: la aplicación de la Ley en la práctica es delicada y permite aún tensiones. En el caso contrario, ni habría noticia, ni discutiríamos del asunto. Gracias por el comentario, siempre enriquecedor.
Apreciado Federico: la cuestión que planteas está resuelta en la Ley andaluza. Otra cosa es que su aplicación sea muy delicada.
En el consentimiento por representación, se aplicará el siguiente orden de prelación: primero la persona representante designada en la declaración de voluntad vital (si la hay), después el cónyuge o persona con quien conviva en análoga relación de afectividad, y después los familiares por orden de grado, y a igual grado por orden de mayor edad. Saludos